19 September 2023
El 8 de septiembre finalizó el plazo de información pública sobre un proyecto de Real Decreto que modifica y afecta a varios reales decretos, entre los cuales figura el RD 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX), así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y el Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE).
El cambio que se plantea, además de un retraso de nueve meses en la entrada en vigor de la obligatoriedad de uso del cuaderno digital de explotación, implica la creación de un grupo de explotaciones exentas de su uso y plantea una serie de beneficios e incentivos para favorecer la adopción voluntaria del mismo.
El retraso facilitará que tanto los agricultores, ganaderos, entidades colaboradoras y Administración dispongan de más tiempo para familiarizarse con las nuevas herramientas y la puesta a punto del sistema.
En paralelo está previsto incentivar el uso voluntario del cuaderno digital de explotación
¿Qué explotaciones o productores quedan exentos de llevar un cuaderno digital ?
- Las explotaciones con una superficie agrícola total inferior o igual a 5 hectáreas, siempre y cuando no tengan una superficie de regadío mayor de una hectárea. De este grupo se excluyen las empresas con invernaderos.
- Las explotaciones que únicamente dispongan de pastos siempre que no se realicen aplicaciones de fertilizantes en los mismos. Estas explotaciones podrán continuar usando el papel para las anotaciones que especifique la normativa sectorial que les afecte, o bien, si lo estiman conveniente, utilizar de un modo voluntario el CUE.
Calendario para las explotaciones con obligación de utilizar el cuaderno digital de explotación
La entrada en vigor sigue siendo progresiva y, en primer lugar, el 1 de septiembre de 2024, será obligatorio para las empresas:
- Con una superficie agrícola total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a las 30 hectáreas
- Explotaciones con más de 5 hectáreas de regadío
- Aquellas que dispongan de cultivos bajo invernadero
También será obligatorio el cuaderno digital cuando se quieran utilizar productos fitosanitarios al amparo de una autorización excepcional.
Para el resto de las explotaciones será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2025. En este grupo se incluyen las explotaciones de pastos si en las mismas se aplican fertilizantes.
¿Qué pasa con los beneficiarios de la PAC y determinados ecorregímenes?
Por seguridad jurídica, la aprobación de estas modificaciones se realizará con efecto retroactivo desde el día 1 de septiembre de 2023.
Según la anterior modificación, los primeros en adoptar el cuaderno digital de explotación, el 1 de septiembre de 2023, eran los acogidos a ecorregímenes y ayudas de la PAC.
En lo relativo a las superficies de pastos en donde no se suelen aplicar fertilizantes ni fitosanitarios, si el titular tiene que realizar algún tipo de aplicación, debe anotarlas en el cuaderno de explotación convencional, de acuerdo con la normativa aplicable.
En algunos tipos de pastos, sobre todo en las zonas más húmedas, la fertilización es una práctica más frecuente. En estos casos, los titulares deberán anotar las aplicaciones de fertilización en el cuaderno digital a partir de 1 de septiembre de 2025.
Los titulares de explotación que soliciten ecorregímenes ligados a superficies de pastos permanentes, deben anotar determinadas acciones para beneficiarse de estos pagos (identificación de las parcelas de pastoreo, fechas, actividades en relación con la siega sostenible y las islas de biodiversidad, entre otras).
Por ello, estos titulares, aunque no tengan la obligación de utilizar el cuaderno digital, podrán emplearlo de forma voluntaria para realizar las anotaciones relativas a los pagos por ecorregímenes, o bien poner a disposición de la autoridad competente de la comunidad autónoma la información necesaria para recibir dichos pagos en la forma que determine la normativa.
Medidas incentivadoras para el uso voluntario del cuaderno digital de explotación
Los productores podrán cumplimentar el cuaderno digital de explotación de forma voluntaria a partir del 1 de enero de 2024.
Para favorecer este uso voluntario el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) prevé las siguientes medidas:
- Concesión de ayudas específicas para promover la implantación del cuaderno digital.
- Incremento de los importes de las ayudas promovidas por el MAPA.
- El MAPA llevará a cabo convenios con las entidades colaboradoras y acciones formativas para promover el uso voluntario del cuaderno digital de explotación.
- Reducción de controles y penalizaciones en las solicitudes de ayuda de la PAC.
- En el apartado de la fertilización, los agricultores que hagan uso voluntario del cuaderno de digital de explotación con anterioridad a su empleo obligatorio:
- Podrán hacer uso de una herramienta digital de fertilización, como alternativa al asesor de fertilización para la cumplimentación de los planes de abonado.
- Estarán eximidos de la obligación de establecer medidas de mitigación ligadas al uso de urea.
- Podrán superar las tolerancias de nitrógeno y/o de fósforo si se cumplen el resto de los requisitos.
En breve se publicará el Real Decreto que materializará todas estas propuestas
Conclusiones
Es importante remarcar que el cambio de papel a un cuaderno digital no es solo un cambio en el soporte de la información, sino un salto radical en las posibilidades de acceso, análisis y transmisión de la información, base fundamental para una agricultura basada en datos.
Estamos ante un momento clave para adaptarnos y prepararnos para la digitalización del sector agroalimentario español
Es el momento de probar y encontrar la herramienta que nos ayude a entrar en esta nueva etapa, la de una agricultura en la que el dato va a cobrar la importancia que merece.
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