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Manuel Lainez AndrésDirector de Innovación y Desarrollo Agroalimentario de Cajamar
4 min

La sostenibilidad ambiental en la cadena alimentaria ha llegado para quedarse

20 November 2023
Cadena de Valor
Sostenibilidad
Criterios ASG

20 November 2023

¿Quién de nosotros no está a favor de preservar el medio ambiente y de mitigar el cambio climático? Nueve de cada diez europeos lo estamos, de acuerdo con el Eurobarómetro realizado a mediados del año pasado.

Ello explica por qué la Unión Europea lanzó en 2019 el Pacto Verde. Una vez alcanzado el respaldo del Parlamento Europeo y los Estados Miembros, la Comisión ha venido lanzando propuestas de nuevas normas

Afectan a todos los ámbitos de la producción de alimentos. Van desde la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a la del empleo de productos fitosanitarios, o desde la prevención de la deforestación importada a la modificación de la directiva de emisiones industriales. 

Cada una de estas normas supone exigencias o restricciones a la actividad para un eslabón de la cadena alimentaria. 

Por ejemplo, los agricultores deberán anotar en su cuaderno de campo las aplicaciones de fertilizantes y fitosanitarios; los ganaderos deben cubrir sus fosas de purines o gestionar los estiércoles de una determinada manera; y la industria debe reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la eficacia en sus procesos de depuración de agua, utilizando las mejores técnicas disponibles. 

En definitiva, todos vivimos una enorme presión regulatoria y nos quejamos

No obstante, hay una parte de las normas que no vemos y que hemos de tener en consideración cuando pensemos a medio y largo plazo. Es toda la regulación que es, o será, de aplicación a todos los sectores económicos y que, por tanto, también afectará a las empresas agroalimentarias. 

Me estoy refiriendo concretamente a la Directiva 2464/2022, que obliga a la presentación de información sobre sostenibilidad a las empresas, conocida como CSRD o ESG, o el proyecto que está en fase de preparación en materia de diligencia debida. 

La normativa CSRD afecta a las grandes empresas, a las que tienen más de 250 trabajadores y facturan más de 40 millones de €, o cotizan en los mercados de capitales. 

Todas estas compañías tienen que presentar, a partir de 2024, como parte de su reporte de información no financiera, un informe específico sobre métricas relacionadas con el cambio climático, el agua, la economía circular o la biodiversidad en su cadena de aprovisionamiento. 

En la práctica, todas las empresas que conforman la gran distribución alimentaria, así como muchas transformadoras y comercializadoras de alimentos, tendrán que informar, y hacer público, cuáles son sus objetivos en este ámbito y como seleccionan a sus proveedores. 

Evidentemente, es de esperar que vayan trasladando lo que les piden aguas arriba. 

La propuesta de Directiva de diligencia debida también afecta solo a las grandes empresas, pero va un paso más allá. Cuando se apruebe, las empresas deberán aplicar una política de diligencia debida en materia de impactos adversos sobre los derechos humanos y el medioambiente

La diligencia debida supone hacer una análisis del riesgo, establecer una estrategia de mitigación y poner fin a los riesgos. Además, esto deberán hacerlo público en sus webs. Es de esperar que las empresas de nuestro sector lo trasladen a sus proveedores. 

Parece claro que la sostenibilidad ambiental, y la social a la vista de la última directiva comentada, nos van a llegar tanto por normativas específicas de cada uno de nuestros sectores, como por exigencias de nuestros clientes. Por tanto, no tiene marcha atrás.

Y hoy no hablamos de las políticas de finanzas sostenibles que está marcando el BCE. 

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