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Manuel Lainez AndrésDirector de Innovación y Desarrollo Agroalimentario de Cajamar
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La deforestación: ¿y ahora qué?

25 June 2023
Desarrollo Rural
Sostenibilidad
Deforestación aceite de palma

25 June 2023

Ya se ha publicado el Reglamento de la deforestación, que entrará en vigor el 30 de junio y se aplicará a principios de 2025. Parece que está lejos pero hay mucho trabajo que hacer para que esto sea “aplicable”. 

No conozco a nadie con el que haya hablado de este tema, ganaderos, agricultores o gestores de industrias agroalimentarias, que esté a favor de arrasar selvas o bosques para cultivar esas superficies. Todos estamos contra la deforestación. Incluso en los países de origen de las materias primas encontramos la misma posición. 

Me lo confirmaban unos investigadores del INTA de Argentina, argumentando que ellos producen soja cumpliendo las normas de su país. También lo escuché a un representante de Indonesia, cuando señalaba que esta norma desprotege a sus pequeños agricultores, mientras anunciaba denunciar esta norma europea ante la OMC.  

En los últimos meses he coincidido en varias ocasiones con los actores que tienen que aplicar la norma y no entienden cómo van a desarrollar el plan para aplicarla. Está claro que todo el que importa madera, café, cacao, caucho, soja, carne de vacuno, o los productos relacionados con ellos, desde bovinos vivos hasta derivados de cualquiera de esa materias primas, deberá presentar una Declaración de Diligencia Debida. En ella tendrá que garantizar que los productos que introduce en el mercado están libres de deforestación y se han producido de acuerdo con las normas legales del país de origen. 

Para garantizarlo deberá tener implantado un sistema de diligencia debida, consistente en recopilar información, analizarla y concluir que el riesgo de que ese producto esté asociado a deforestación en el origen no existe o es despreciable. Después tendrá que presentar una declaración a la Administración. Estas controlarán, inspeccionarán y sancionarán (hasta con un 4 % del volumen de negocio de la empresa) a quien incumpla. 

Hasta aquí todo parece incluso sensato. El problema viene cuando ese mismo procedimiento ha de mantenerse en todo el proceso de comercialización de esas materias primas, dentro del mercado de la Unión Europea. Es decir, en todas las cadenas de valor en las que se utilicen estos productos, y especialmente cuando cambian de código comercial o arancelario o cuando quien comercializa no es una pyme, hay que hacer una evaluación y una declaración. 

Mi amigo de Puente de Montañana, que tiene un obrador familiar de elaboración de chocolates, también estará obligado a presentar una Declaración de Diligencia Debida

Pero esto no se queda aquí. Cada vez que una empresa quiera exportar a terceros países, también lo tendrá que hacer. Me imagino a alguno de los mataderos de vacuno que están exportando a Canadá, a quienes sus clientes no les piden esta declaración, también tendrá que añadirla como una exigencia administrativa más. 

El colmo viene cuando pensamos en los productores españoles de terneros, de carne o de leche. Cada vez que vayan a vender sus terneros a un cebadero tendrán que hacer esa declaración. Es cierto que la podrán delegar en su cooperativa o en un intermediario, e incluso hacer una versión simplificada. Pero, en definitiva, tendrán que organizar un nuevo proceso administrativo, que llegará hasta las salas de despiece, solo para demostrar que sus vacas no deforestan en España. 

En fin, solo espero que la Administración que llegue después de las elecciones facilite el uso del sistema de trazabilidad que ya existe por seguridad alimentaria. 

¿De verdad alguien cree que así se reduce el precio de los alimentos? 

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